“Álvaro Uribe no podrá volver al poder ni en el 2014 ni nunca”, dijo ayer el ex magistrado colombiano Manuel José Cepeda. De este modo, la Corte Constitucional confirmó la vigencia de su pronunciamiento del año 2005, que autorizó la reelección presidencial sólo por una vez.
“La sentencia de la Corte es muy importante porque reitera que una persona que haya ejercido como presidente por ocho años no puede volver al poder ni de manera consecutiva ni alternada”, explicó el ex magistrado Cepeda. Uribe logró su primera reelección en 2006.
Según los analistas políticos colombianos, el intento para cambiar de nuevo la Constitución y permitir a Uribe una segunda reelección inmediata, dando por tierra con la alternancia en el gobierno, desató temores de romper el equilibrio y los sistemas de contrapesos de la democracia colombiana, considerada una de las más sólidas y antiguas de América Latina.
"Queda cerrado el camino" para una reelección de Uribe, dijo Mauricio González Cuervo, presidente de la Corte Constitucional. La decisión de los magistrados se basó en que en el trámite de la ley de la consulta en el Congreso hubo la "ocurrencia de un conjunto de irregularidades", y que tales "anomalías vistas en conjunto" configuraban una "grave violación de principios democráticos como la transparencia y derechos del elector".
En la Provincia de Salta, en agosto de 2003, una torcida interpretación de la Constitución local, reformada de urgencia y alumbrada con fórceps, despejó el camino para un tercer mandato del entonces gobernador Juan Carlos Romero.
Aquel alumbramiento fue precipitado y plagado de vicios de forma y de fondo. Fueron muy pocos los que se acordaron en Salta que la limitación del tiempo de mandato de un gobernante es uno de los medios para limitar su poder.
El argumento de Romero y sus seguidores fue tan simple como falaz: la legitimidad de esa tercera reforma en pocos años para habilitar la reelección indefinida provenía “del pueblo”, no del formalismo jurídico. "El respeto de los mecanismos, más que mero ritualismo, es garantía de las reglas fundamentales de la democracia participativa", dice la sentencia de la Corte Constitucional de Colombia.
Para Jaime Córdoba Triviño, ex presidente de esa Corte, "el papel de un tribunal constitucional en una democracia no es sintonizarse con las mayorías ciudadanas, sino fallar con estricto rigor jurídico. La legitimidad de las leyes no es una cuestión de simple mayoría, sino de respeto a las reglas que el Congreso debe observar y ese no es un asunto de menor cuantía cuando están comprometidos derechos ciudadanos".
La Corte afirma ahora que: "La participación de los ciudadanos no puede ser contraria a la Constitución", y añade: "el Estado de opinión es una expresión del Estado de derecho, por lo tanto debe respetar la Ley y la Constitución". En 2003 el oficialismo en Salta convirtió en papel mojado la Constitución reformada, con su apoyo, en 1997.
A diferencia de lo que acaba de suceder en Colombia, en 2003 la justicia de Salta y casi todos los constitucionalistas enmudecieron. La mayoría de los legisladores provinciales, grupos económicos y personas beneficiadas por el gobierno, apoyaron –eufóricos- la violación de la Constitución de la Provincia.
Mientras el histórico fallo de la Corte Constitucional de Colombia cierra el paso a un tercer mandato consecutivo del presidente Uribe, la semana pasada la claque del ex gobernador Juan Carlos Romero montó una parodia de postulación del ex gobernador a un cuarto mandato en el añ0 2011.
La desmemoria, variante del cinismo, es atributo del cacique. Ahora, sin mover un músculo del rostro, enfundado en traje “liberal”, con el que seduce a Mariano Grondona y al rabino Bergman que ven en él a un pulcro liberal, antes que una reencarnación caciquil siglo XIX, Romero, afirmó que “se deben limitar los cargos electivos a sólo dos mandatos” (“La Gaceta”, 17-8-2008)
Con ese aire tan liberal que luce fuera de su provincia, Romero viene a descubrir que llegó el momento de imponer esa limitación “a fin de facilitar la renovación de cuadros políticos, dar espacios a nuevos dirigentes y salir de situaciones de abuso que se vienen dando en muchos lugares”. Olvidadizo, Romero quiere volver en 2011 con el secreto deseo del poder vitalicio.
Aunque el carnaval ya fue enterrado envuelto en papel picado y serpentina, los poco desinteresados “fieles” al ex gobernador, esta semana intentaron tapar la orfandad de apoyo de sus pares en el Senado de la Nación, a la imaginada ascensión de Romero a una vicepresidencia del Senado que lo colocaría en la línea de sucesión presidencial.
A mediados del 2009, el rabino Sergio Bergman habló en Salta en un acto donde cosechó aplausos atacando al matrimonio Kirchner. Según Bergman la situación que padece la Argentina se explica porque Néstor Kirchner reformó la Constitución de Santa Cruz a su medida, gobernando esa provincia “durante doce años de forma autoritaria y acrecentando su fortuna personal”. A finales de ese año, Bergman ocupó la cabecera en un festejo privado de Romero.
Añadió que Kirchner se proclama defensor de los derechos humanos cuando, durante los años de la dictadura, jamás denunció las violaciones que se estaban cometiendo. Para completar, en el año 2007 impuso a su mujer como candidata presidencial.
Al entusiasta público que aplaudía las frases de Bergman se le olvidó que: Romero había reformado la Constitución de la Provincia para hacerse reelegir; que había gobernado doce años, aspirando perpetuarse; que usó el poder del mismo modo y para los mismos fines que lo hizo Kirchner en Santa Cruz, y que también eligió a su mujer como suplente suyo en el Senado.
Romero no se conforma con ser recordado en el futuro sólo por sus doce años de gobierno y sus tres reformas constitucionales. Tampoco sólo por su condición de nuevo y ostentoso millonario de provincia pobre: aspira a ser reconocido por la obra pública y las construcciones edilicias.
Pero, quizás, el tiempo hará que se lo recuerde como uno de los más tenaces demoledores de las instituciones de la provincia y de los valores republicanos que inspiraron, a lo largo de ciento ochenta y dos años, sus cartas constitucionales.
La no reelección del gobernador de Salta fue norma constitucional en Salta a partir de 1821, fundando así una larga tradición constitucional apoyada en un consenso político que se mantuvo, incluso, en la reforma de 1949, cuando se admitió la reelección presidencial indefinida.
Esa tradición y ese acuerdo fueron borrados de un plumazo por Romero en el año 2003 cuando, derrotada su candidatura acompañando como segundo a Menem, regresó a Salta para imponer, contra reloj y contra los principios jurídicos, una modificación de aquella cláusula, a la que sustituyó por la de reelección cortada a su medida.
Romero debutó en política en mayo de 1986, cuando integró la Convención Constituyente convocada por el gobierno de su padre, y de la que fue titular de la Comisión Redactora del texto modificado.
Asesorado por Alberto González Arzac, admirador del dictador Juan Manuel de Rosas que, años después de derrocado, seguía sin comprender “el fetichismo” constitucional, con citas de Aristóteles y Sampay, Romero alabó entonces los contenidos éticos, la solidaridad, la participación y el espíritu democrático.
En aquella Convención de 1986 se produjo una curiosa inversión de roles. Mientras Romero, padre e hijo, rechazaban introducir la reelección del gobernador, un convencional de la izquierda peronista decía que la Constitución reformada debía “romper con una tradición de prohibir la reelección del gobernador”.
Esa prohibición, añadía el convencional de izquierda, tenía como sustento “la ideología liberal con que se concibieron nuestras instituciones en el siglo pasado”. La no reelección era una de las tantas trampas que la oligarquía utilizaba para defender y acrecentar sus privilegios.
No sospechó aquel vanguardista convencional que el tiempo le daría la razón, pero en contra, pues, partir de la reelección indefinida, en Salta el beneficiario principal y casi excluyente sería una nueva y unipersonal oligarquía encarnada en el gobernador de doce años, y su círculo de cortesanos afortunados.
Ese prejuicio liberal era un obstáculo puesto “al juicio estimativo del pueblo”. Era “el pueblo” y su voluntad los que debían ser tenidos en cuenta y no los principios republicanos de la Constitución Nacional de 1853-1860. La no reelección era parte de ese “fetichismo” despreciado por Rosas, quien mucho sabía de largas permanencias en el poder.
El convencional que así argumentó encontró el rechazo del sector romerista, por boca de Luis Adolfo Saravia, que valoró el principio de no reelección como sustento en México de un sistema político de “increíble estabilidad”.
Cuando otro convencional habló para apoyar la moción favorable a la reelección, Juan Carlos Romero pidió la palabra para hacer una moción de orden, y dijo que la Comisión Redactora no aceptaba aquella modificación y “por lo tanto pediría que se cierre el debate y se pase a votación”. El artículo 137 no se modificó.
En 1997, cuando cumplía poco más de un año de su primer mandato, y apoyado en la reciente reforma de la Constitución Nacional, Romero impulsó una nueva reforma de la Constitución. En la “Propuesta” para esa reforma del Partido Justicialista de Salta, o sea del mismo Romero, se lee en el párrafo referido al artículo 137:
“El motivo de la inclusión por parte del Justicialismo de ese artículo en la ley que declara la necesidad de la reforma para su modificación, tiene como objeto habilitar la reelección del gobernador y del vicegobernador por un solo periodo consecutivo”.
Ese texto añadía: “La reelección por un solo periodo consecutivo tiene el propósito que exista la posibilidad que los ciudadanos puedan optar por dar continuidad a un gobierno que luego de su primer periodo (es decir, en el caso de Romero el de los años 1995-1999) se somete nuevamente a la consideración de las urnas”.
Concluía: “Por último cabe expresar que al ser permitido por un solo periodo impide la hegemonía política y permite la alternancia democrática” (sic) Este principio parece extraído más del arsenal del republicanismo liberal que del guardarropa del caudillismo provincial que vestían, entre otros, Vicente Saadi y Carlos Juárez.
El fallo de la Corte Constitucional de Colombia abre la posibilidad de poner fin a la tendencia latinoamericana de la reelección indefinida. En los últimos años, Venezuela, Ecuador y Bolivia reformaron sus constituciones para permitir la reelección del presidente.
La de Venezuela permite a Chávez la reelección indefinida. La de Ecuador y la de Bolivia fijan un periodo consecutivo. Sin embargo, quizás inspirados en el ejemplo de Salta, tanto el ecuatoriano Rafael Correa como el boliviano Evo Morales “coquetean con la idea de contabilizar su segundo mandato como si fuera el primero con la justificación de que la reforma constitucional que permite la reelección les sorprendió en medio de su primera legislatura. Y por tanto, no contaría”.
En Honduras, el derrocado presidente Manuel Zelaya intentó reformar la ley para optar a otro periodo de gobierno, pero el golpe de Estado truncó sus aspiraciones. En Nicaragua, el presidente Daniel Ortega también maniobró para obtener la reelección consecutiva a través de un sospechoso fallo de la Corte Suprema. Esto, sin olvidar la corrupción de Alberto Fujimori que, después de dos mandatos, huyó a Japón.
Después de todo, no hay que ser tan severo. Hay que reconocer que, si bien la política salteña de finales del siglo XX y comienzos del XXI, no dio políticos de relevancia nacional como fueron Indalecio Gómez y Victorino de la Plaza, entre otros, produjo alguien que patentó la coartada para imponer la reelección indefinida, demostrando que un año más un año no son dos años sino uno. Rafael Correa y Evo Morales deberían pagar a Romero por derechos de autor.







